La AEMPS anuncia el registro de datos europeos de fármacos veterinarios con antibióticos

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha anunciado que ya está disponible la aplicación ESVAC, un proyecto de ámbito europeo de recogida y evaluación de datos sobre la venta y el consumo de medicamentos veterinarios que contengan en su composición antibióticos como principio activo.

En España, dicho proyecto “está incluido dentro del ‘Plan de lucha frente a resistencias a los antibióticos’ y se organiza en tres actividades principalmente: la recogida y la validación de los datos; el análisis y la evaluación de ellos; y la comunicación de los resultados obtenidos a partir del análisis de los mismos”, explica la Agencia. En este sentido, especifica que “esta información se aportará con carácter anual y están referidos al ejercicio 2016”.

Respecto a quién va dirigida esta campaña, la AEMPS señala que “los datos de comercialización se obtendrán mediante declaración de los laboratorios, distribuidores mayoristas, entidades ganaderas con permiso de distribución, farmacias y distribuidores minoristas”. Según la legislación europea en esta materia, “los distribuidores mayoristas, entidades ganaderas con permiso de distribución, farmacias y distribuidores minoristas, están obligados a proporcionar los datos que se les solicitan mientras que los laboratorios los aportan con carácter voluntario”, declara.

Una de las novedades que presenta el proyecto ESVAC es que “en los datos de 2016 suministrados por parte de los laboratorios, se ha incluido la diferenciación por especies animales a las que se destinan los medicamentos comercializados”, apuntan desde esta Agencia.

Acceso a la aplicación

La recogida de datos cuenta con una aplicación web, para “cuyo acceso es preciso disponer de un usuario y una contraseña”, destaca la AEMPS. En relación con la información de los laboratorios, apunta que “están todos dados de alta a través de otras aplicaciones de la AEMPS, y sus usuarios y contraseñas son los mismos que tienen permiso para llevar a cabo la intención de comercialización y la declaración de ventas”.

Por último y en cuanto a los distribuidores, este organismo regulatorio de ámbito nacional manifiesta que “se han de dar de alta en la aplicación, para lo cual, la misma dispone de un procedimiento detallado en el manual de la aplicación para ellos y también para farmacias”.